Funcionario

Mtro. Rodrigo Reyes Mugüerza

Titular de la Secretaría General de Gobierno

A cargo desde 2023

Responsabilidades del Puesto

Encargado de colaborar con el Gobernador en la conducción de la política interna del Estado

Artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas:

La Secretaría General de Gobierno es la Dependencia encargada de colaborar con el Gobernador en la conducción de la política interna del Estado y le corresponden las atribuciones siguientes:

I. Fomentar el desarrollo político y contribuir al fortalecimiento de las instituciones policiales;

II. Conducir la política interior, de conformidad con lo que disponga el Gobernador;

III. Firmar en ausencia del Gobernador los informes y escritos que deban presentarse ante los Tribunales Federales y Locales, así como otras dependencias que lo requieran;

IV. Conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros Poderes del Estado y con los Ayuntamientos, partidos políticos, sindicatos y las organizaciones de los sectores social y privado de la Entidad; así como con la Federación y los Estados en los asuntos que específicamente le sean encomendadas por el Gobernador;

V. Prestar a los Tribunales y a las autoridades del Poder Judicial del Estado, el auxilio que se requiera para la pronta y expedita administración de justicia;

VI. Asesorar y apoyar a los Ayuntamientos, cuando lo soliciten, en sus gestiones ante las Dependencias y Entidades y proporcionarles asistencia técnica para que asuman sus funciones;

VII. Vigilar y controlar la demarcación y conservación de los límites del Estado y municipios;

VIII. Establecer los mecanismos de participación ciudadana en términos de la legislación de la materia;

IX. Ser el conducto, conjuntamente con la Coordinación General Jurídica, para presentar a la Legislatura del Estado las iniciativas de las leyes y decretos que formule el Gobernador;

X. Coordinarse con las autoridades federales y municipales para coadyuvar en la vigilancia del cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de culto religioso; loterías, rifas y juegos permitidos; detonantes y pirotecnia;

XI. Coordinar y promover las actividades de radio y televisión, cinematografía e industria editorial y vigilar en coordinación con el Gobierno Federal que la utilización de estos medios se ajuste a los preceptos constitucionales y a las leyes respectivas;

XII. Organizar los actos cívicos del Gobierno del Estado y vigilar la observancia de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales;

XIII. Coordinar las actividades del Consejo Estatal de Seguridad Pública;

XIV. Se deroga.

XV. Se deroga.

XVI. Elaborar y ejecutar, en coordinación con la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas, los programas de prevención del delito;

XVII. Organizar, en coordinación con la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas, un programa de atención a víctimas del delito, así como celebrar convenios y acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de sus atribuciones en esta materia;

XVIII. Coordinar el Sistema Estatal de Protección Civil;

XIX. Intervenir y ejercer las atribuciones que en materia electoral le señalen las leyes o los convenios que para este efecto se celebren;

XX. Expedir, previo acuerdo del Gobernador, las licencias, autorizaciones, concesiones y permisos cuyo otorgamiento no esté asignado a otras Dependencias;

XXI. Participar en la atención integral a víctimas y coadyuvar en la celebración de acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de sus atribuciones;

XXII. Establecer y operar un sistema de investigación e información que contribuya a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado;

XXIII. Coordinar el Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes;

XXIV. Proponer y dirigir la política pública y programas en materia de trasporte público;

XXV. Coordinar con los concesionarios y permisionarios la elaboración de programas que tiendan a mejorar el desarrollo del transporte público en la Entidad;

XXVI. Proponer al Gobernador los dictámenes de procedencia, respecto del otorgamiento, modificación, renovación, trasmisión, suspensión, revocación y cancelación de concesiones y permisos experimentales de transporte público;

XXVII. Instruir el procedimiento para otorgar concesiones en materia de transporte público;

XXVIII. Proponer al Gobernador los acuerdos administrativos para la suspensión y revocación de las concesiones;

XXIX. Vigilar el correcto funcionamiento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje;

XXX. Dar seguimiento a las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos del Estado, así como dictar las medidas administrativas correspondientes, y

XXXI. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos vigentes o le encomiende directamente el Gobernador.

Trayectoria

Coordinador de Asesores de la Junta de Coordinación Política, Senado de la República.

    Contacto

    DIRECCIÓN:
    Ciudad Administrativa | Edificio A | Piso 3
    Circuito Cerro del Gato, C.P. 98160, Zacatecas, Zacatecas
    HORARIO:
    Lunes a Viernes de 8:30 a 16:00 horas

    REDES SOCIALES

    Acerca de la Dependencia

    Artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas:

    La Secretaría General de Gobierno es la Dependencia encargada de colaborar con el Gobernador en la conducción de la política interna del Estado y le corresponden las atribuciones siguientes:
    I. Fomentar el desarrollo político y contribuir al fortalecimiento de las instituciones policiales;
    II. Conducir la política interior, de conformidad con lo que disponga el Gobernador;
    III. Firmar en ausencia del Gobernador los informes y escritos que deban presentarse ante los Tribunales Federales y Locales, así como otras dependencias que lo requieran;
    IV. Conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros Poderes del Estado y con los Ayuntamientos, partidos políticos, sindicatos y las organizaciones de los sectores social y privado de la Entidad; así como con la Federación y los Estados en los asuntos que específicamente le sean encomendadas por el Gobernador;
    V. Prestar a los Tribunales y a las autoridades del Poder Judicial del Estado, el auxilio que se requiera para la pronta y expedita administración de justicia;
    VI. Asesorar y apoyar a los Ayuntamientos, cuando lo soliciten, en sus gestiones ante las Dependencias y Entidades y proporcionarles asistencia técnica para que asuman sus funciones;
    VII. Vigilar y controlar la demarcación y conservación de los límites del Estado y municipios;
    VIII. Establecer los mecanismos de participación ciudadana en términos de la legislación de la materia;
    IX. Ser el conducto, conjuntamente con la Coordinación General Jurídica, para presentar a la Legislatura del Estado las iniciativas de las leyes y decretos que formule el Gobernador;
    X. Coordinarse con las autoridades federales y municipales para coadyuvar en la vigilancia del cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de culto religioso; loterías, rifas y juegos permitidos; detonantes y pirotecnia;
    XI. Coordinar y promover las actividades de radio y televisión, cinematografía e industria editorial y vigilar en coordinación con el Gobierno Federal que la utilización de estos medios se ajuste a los preceptos constitucionales y a las leyes respectivas;
    XII. Organizar los actos cívicos del Gobierno del Estado y vigilar la observancia de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales;
    XIII. Coordinar las actividades del Consejo Estatal de Seguridad Pública;
    XIV. Se deroga.
    XV. Se deroga.
    XVI. Elaborar y ejecutar, en coordinación con la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas, los programas de prevención del delito;
    XVII. Organizar, en coordinación con la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas, un programa de atención a víctimas del delito, así como celebrar convenios y acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de sus atribuciones en esta materia;
    XVIII. Coordinar el Sistema Estatal de Protección Civil;
    XIX. Intervenir y ejercer las atribuciones que en materia electoral le señalen las leyes o los convenios que para este efecto se celebren;
    XX. Expedir, previo acuerdo del Gobernador, las licencias, autorizaciones, concesiones y permisos cuyo otorgamiento no esté asignado a otras Dependencias;
    XXI. Participar en la atención integral a víctimas y coadyuvar en la celebración de acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de sus atribuciones;
    XXII. Establecer y operar un sistema de investigación e información que contribuya a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado;
    XXIII. Coordinar el Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes;
    XXIV. Proponer y dirigir la política pública y programas en materia de trasporte público;
    XXV. Coordinar con los concesionarios y permisionarios la elaboración de programas que tiendan a mejorar el desarrollo del transporte público en la Entidad;
    XXVI. Proponer al Gobernador los dictámenes de procedencia, respecto del otorgamiento, modificación, renovación, trasmisión, suspensión, revocación y cancelación de concesiones y permisos experimentales de transporte público;
    XXVII. Instruir el procedimiento para otorgar concesiones en materia de transporte público;
    XXVIII. Proponer al Gobernador los acuerdos administrativos para la suspensión y revocación de las concesiones;
    XXIX. Vigilar el correcto funcionamiento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje;
    XXX. Dar seguimiento a las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos del Estado, así como dictar las medidas administrativas correspondientes, y
    XXXI. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos vigentes o le encomiende directamente el Gobernador.

    Promover y fomentar un gobierno justo y con capacidad de satisfacer las necesidades de la población, impulsando el desarrollo político, democrático y social, la cultura de la legalidad, la vigencia del estado de derecho con irrestricto respeto a los derechos humanos, para garantizar la tranquilidad de la población en un ambiente de seguridad, paz social y orden institucional con participación ciudadana.

    Ser una institución con capacidad de satisfacer las necesidades de la población, bajo una conducción eficaz y de resultados que garantice la armonía y la paz social dentro de un estado de derecho; consolidando la democracia y una participación activa de los diferentes sectores de la sociedad.

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